El Miércoles 22 de Mayo se realizará la segunda liquidación del 2019.
Liquidación:
- Se podrá depositar el sobre con toda la documentación a partir del Miércoles 15 de Mayo a las 17hs hasta el Miércoles 22 de Mayo a las 16hs, en la buzonera de MDF identificada para nuestra Generación, que se encontrará afuera de la Oficina 3 del Ceda.
Documentación a presentar:
- Tickets de depósitos efectivo
- Formularios de cambio de modalidad (si corresponde)
- Quienes hayan hecho ventas con tarjeta: Tickets de venta y cierres de lote de las nuevas ventas. Ordenados cada ticket con su respectivo cierre de lote.
- Declaración jurada de liquidación de MUNDUS firmada.
- Declaración Jurada para Sorteo Extra firmada.
Sorteo Extra:
En esta declaración salen los números que SÍ PARTICIPAN en el sorteo extra, por lo que deben revisar que sean los correctos y están todos los correspondientes. Es importante que aquellos que realicen cambio de modalidad saquen la declaración de Sorteo Extra luego de hacer el cambio en Mundus. Es responsabilidad del vendedor corroborar la información que surge de la declaración, informando a la comisión correspondiente cualquier duda o inconveniente al momento de emitir dicha declaración.
Esta declaración también tiene que ser firmada por ustedes. (Los apoderados deberán firmar sus declaraciones, en caso de que les falte información para completarlo podrán consultar a la Comisión Rifas. Si esta declaración no es entregada, se aplicará la multa correspondiente por no entregar y se asume que todas las rifas participan en el sorteo extra.)
Aclaración: Deben completar los datos de su Cédula de Identidad (Número, Fecha de emisión y Vencimiento) en Actualizar datos Personales /Identificación para poder sacar la declaración de Sorteo Extra. (Para nuevos usuarios)
Citamos un articulo del Reglamento General de Arquitectura Rifa Generación 2014:
Art. 55 – Cambio de modalidad: si un comprador cambia la modalidad de pago, la declaración en tiempo y forma es obligación y responsabilidad del vendedor. El no cumplimiento de este trámite implicará que si el número sale premiado el vendedor será el único responsable ante el comprador, debiéndose hacer cargo de la compra y entrega del premio correspondiente (premios extra).
(SORTEO EXTRA)
Art. 63 – La entrega de la Declaración Jurada exigida por la Comisión Rifas, el mes previo a
realizarse cada sorteo extra establecido por Arquitectura Rifa, será de carácter obligatorio para
cada integrante del Grupo de Viaje.
En caso que faltara dicho documento el día en que sea exigida su entrega, se sancionará al
vendedor en falta con una multa equivalente a cuatro talones de rifa.
En caso que al momento del sorteo el vendedor aún no presentara el documento antes
mencionado, este será sancionado nuevamente con una multa equivalente a dos talones de rifa
adicionales.
En caso de constatarse algún error en la Declaración presentada, se sancionará al vendedor en
falta con una multa equivalente a dos talones de rifa.
Al momento de realizarse el sorteo extra, en caso que el número ganador que figurara como
participante del mismo, declarado así por cualquiera de los integrantes de la Generación, y no
debiera hacerlo, será entonces responsabilidad del vendedor que hubiera incurrido en dicha falta
hacerse cargo del premio otorgado en cuestión.
Aclaración: Deben completar los datos de su Cédula de Identidad (Número, Fecha de emisión y Vencimiento) en Actualizar datos Personales /Identificación para poder sacar la declaración de Sorteo Extra. (Para nuevos usuarios)
Citamos un articulo del Reglamento General de Arquitectura Rifa Generación 2014:
Art. 55 – Cambio de modalidad: si un comprador cambia la modalidad de pago, la declaración en tiempo y forma es obligación y responsabilidad del vendedor. El no cumplimiento de este trámite implicará que si el número sale premiado el vendedor será el único responsable ante el comprador, debiéndose hacer cargo de la compra y entrega del premio correspondiente (premios extra).
(SORTEO EXTRA)
Art. 63 – La entrega de la Declaración Jurada exigida por la Comisión Rifas, el mes previo a
realizarse cada sorteo extra establecido por Arquitectura Rifa, será de carácter obligatorio para
cada integrante del Grupo de Viaje.
En caso que faltara dicho documento el día en que sea exigida su entrega, se sancionará al
vendedor en falta con una multa equivalente a cuatro talones de rifa.
En caso que al momento del sorteo el vendedor aún no presentara el documento antes
mencionado, este será sancionado nuevamente con una multa equivalente a dos talones de rifa
adicionales.
En caso de constatarse algún error en la Declaración presentada, se sancionará al vendedor en
falta con una multa equivalente a dos talones de rifa.
Al momento de realizarse el sorteo extra, en caso que el número ganador que figurara como
participante del mismo, declarado así por cualquiera de los integrantes de la Generación, y no
debiera hacerlo, será entonces responsabilidad del vendedor que hubiera incurrido en dicha falta
hacerse cargo del premio otorgado en cuestión.
Depósitos efectivo:
- Buzonera con sobre, transferencia bancaria o depósito de cheques: Hasta Lunes 20 de mayo, a las 16hs
- Buzonera inteligente (sin sobre): Hasta el Martes 21 de mayo a las 16hs
A partir de las 23:59hrs del Martes 21/05 se deshabilitará la posibilidad de realizar modificaciones en Mundus.
Saludos,
Comisión Finanzas
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