Estimados,
Queremos notificarles que la inscripción ha finalizado, les damos la bienvenida a todos los integrantes de la generación 14/15.
Por favor verificar inscripción en:
Inscriptos Gen 14/15
Ante cualquier consulta mandar mail a arqrifa.gen14@gmail.com
La generación se oficializará en la primer asamblea que se llamará antes del comienzo de clases.
Saludos
lunes, 11 de diciembre de 2017
lunes, 4 de diciembre de 2017
Intercambio estudiantil
Dada la gran cantidad de consultas respecto a estudiantes inscriptos a la rifa que planifican hacer Intercambio Académico, les facilitamos los insumos y procedimientos que deberán tener en cuenta a previo a realizar el intercambio. Según reglamentos:
De Reglamento General
Sección III - Derechos y obligaciones de los vendedores
Capitulo 3.1
Art.41 – Las rifas deberán ser retiradas mediante la presentación de cedula de identidad. Quien se viera imposibilitado de retirarlas podrá autorizar a retirar las rifas a otra persona mediante una carta poder cetificada por Escribano/a público. No podrán retirar rifas quienes mantengan deudas con generaciones anteriores o la actual.
Capitulo 3.3 Liquidaciones
Art. 57 – En caso de enfermedad o ausencia del país, la liquidación deberá hacerla un representante del vendedor, con el correspondiente poder, los documentos de identidad o sus fotocopias y la información respectiva. (La necesidad de presentar una carta poder puede ser obviada si la comisión finanzas de la generación lo considera pertinente y así lo informa)
A continuación les dejamos los documentos necesarios:
De Reglamento General
Sección III - Derechos y obligaciones de los vendedores
Capitulo 3.1
Art.41 – Las rifas deberán ser retiradas mediante la presentación de cedula de identidad. Quien se viera imposibilitado de retirarlas podrá autorizar a retirar las rifas a otra persona mediante una carta poder cetificada por Escribano/a público. No podrán retirar rifas quienes mantengan deudas con generaciones anteriores o la actual.
Capitulo 3.3 Liquidaciones
Art. 57 – En caso de enfermedad o ausencia del país, la liquidación deberá hacerla un representante del vendedor, con el correspondiente poder, los documentos de identidad o sus fotocopias y la información respectiva. (La necesidad de presentar una carta poder puede ser obviada si la comisión finanzas de la generación lo considera pertinente y así lo informa)
A continuación les dejamos los documentos necesarios:
Saludos y éxitos.
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